El sistema de justicia en México se está modernizando rápidamente, con
la finalidad de brindar una procuración de justicia más transparente, imparcial
y expedita, buscando así dar mayor certeza jurídica a las partes en el
proceso. En este tenor, la opción a la que se está orillando el sistema
jurídico mexicano, es a la implementación de juicios orales, simplificando los
juicios, que se rigen bajo los principios de oralidad, publicidad, igualdad,
inmediación, contradicción, continuidad y concentración. Por lo expuesto, el 27
de enero de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “DECRETO
por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código
de Comercio”, adicionando un título especial que se denominaría “Del Juicio
Oral Mercantil” que comprende los artículos 1390 Bis, a 1390 Bis 49.
En relación a lo anterior, el 25 de enero de 2017 se publicó en el
Diario Oficial de la Federación el “DECRETO por el que se reforman y adicionan
diversas disposiciones del Código de Comercio, en materia de Juicios Orales
Mercantiles”. Con lo que se pretende desincentivar el incumplimiento de
obligaciones en transacciones mercantiles, ya que como hemos mencionado se
espera que los procesos se desahoguen más rápidamente, dando como resultado
mayor confianza para el flujo de la inversión.
En este sentido, es conveniente que las Pequeñas y Medianas Empresas
(PYMES) y emprendedores conozcan el marco legal por el cual se desahogaría
alguna controversia en materia mercantil, siempre que se encuentren en los
supuestos previstos en la ley. Es importante que cuando se presente algún
contratiempo legal en materia mercantil, se asesoren a la brevedad con un abogado
experto, a efecto de solucionarlo de la manera más benéfica para las partes
involucradas, o bien desahogar el procedimiento que corresponda.
Los retos para las PYMES son muchos, sin embargo con una buena
planeación y el respaldo jurídico adecuado, pueden evitarse diversos problemas
en el mayor de los casos, permitiendo así que las mismas se consoliden y
alcancen mayor competitividad en el mercado. Crear una empresa no es cosa
fácil, pero se puede lograr con determinación y sistemas de trabajo, sin
embargo lo que puede representar un verdadero reto es mantener esa empresa
funcionado en el mercado, de esta manera se hace necesario contar con la asesoría
legal adecuada que permita encontrar solución a los diversos contratiempos
legales.
Las reformas y adiciones al Código de Comercio, son de las más
importantes en los últimos años en lo referente al procedimiento mercantil, dando
como resultado que los negocios se realicen más fácilmente y se generen mejores
prácticas jurídicas. Mediante el acuerdo para la actualización de los montos
establecidos en el Código de Comercio publicado en el Diario Oficial de la
Federación en fecha 26 de diciembre de 2016, se determinó el monto máximo
para el artículo 1339 del ordenamiento legal previamente mencionado, en donde
se señala el monto mínimo para que las resoluciones puedan ser recurribles,
determinando la cantidad de $593,712.73 y mediante la reforma del 25 de enero
de 2017, se modificó el contenido del artículo 1390 bis del ordenamiento que
nos ocupa, en el que se señala que se tramitarán mediante el Juicio Oral
Mercantil todas las contiendas mercantiles sin limitación de cuantía. El decreto señala en sus artículos transitorios, que el monto de la cuantía se incrementara cada año, hasta el tercer año que no haya cuantía determinada.
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